jueves, 23 de abril de 2009

ES OBLIGATORIO TENER UN BOTIQUIN CERCA A LA PISCINA

Toda piscina debe contar con un área donde el afectado pueda ser tratado y recibir los primeros auxilios.

El área estará dotada de botiquín, direcciones y números de teléfonos de los centros de asistencia hospitalaria más cercanos, de los servicios de ambulancia y centros de atención de emergencias.

El responsable o administrador de la piscina está en la obligación de atender en forma rápida y eficaz los casos de emergencia y contar con protocolo escrito para ello.

El botiquín básico de primeros auxilios debe tener como mínimo lo siguiente:

GASAS ESTERILES
TERMÓMETRO
MICROPORE
VENDAS ADHESIVAS
BAJALENGUAS
VENDA ELÁSTICA
VENDA DE ALGODÓN
CLORHEXIDINA O YODO POVIDONA (JABÓN QUIRÚRGICO)
SOLUCIÓN SALINA NORMAL JABÓN QUIRÚRGICO
GUANTES DE LÁTEX O NITRILO PARA EXAMEN DE VALORACIÓN
TIJERAS
FONENDOSCOPIO
TENSIÓMETRO
LINTERNA
COBIJA
PILAS DE REPUESTO

CAMILLA TIPO FEL O MILLER PARA INMOVILIZACIÓN EN AGUA



INMOVILIZADORES DE TRAUMA PARA EXTREMIDADES







FÉRULA CERVICAL O CUELLO DE PHILADELFIA



SISTEMA BOLSA VÁLVULA MASCARA (BVM) ADULTO
SISTEMA BOLSA VÁLVULA MASCARA (BVM) PEDIÁTRICO




SISTEMA DE OXIGENOTERAPIA CON ELEMENTOS PARA ADULTO Y PEDIÁTRICO
BOLSA ROJA PARA DESECHOS
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

El administrador de la piscina debe revisar la fecha de vencimiento de los medicamentos, el correcto almacenamiento y buen estado de cada elemento del botiquin. Se recomienda hacer una lista del contenido y pegarla en la contratapa del botiquin.

Recuerde además que la Ley 1209 exige que toda piscina de uso colectivo deberá disponer las veinticuatro (24) horas del día, de mínimo un teléfono o citófono para llamadas de emergencia.

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