jueves, 26 de marzo de 2009

Decreto que reglamenta la Ley 1209


Son muchas las personas que llegan a este blog averiguando por la reglamentación de la Ley 1209, por eso preferí publicar esta corta información antes que responder a cada una de las numerosas inquietudes.


Recuerden que el Ministerio de la Protección social tiene establecido por ley un plazo máximo de expedición del Decreto hasta el 14 de julio de 2009.

El Ministerio ha sido diligente y está trabajando con un grupo de colaboradores pues si bien la Ley es de fácil aplicabilidad, los temas técnicos y de homologación hacen necesaria la concurrencia de diferentes entidades nacionales.

El 19 de noviembre de 2008 venció el plazo para enviar las observaciones a la Ley a dicho Ministerio y actualmente están siendo evaluadas técnicamente por un grupo de profesionales.

Adicionalmente se está trabajando en la certificación de los salvavidas por parte del SENA y revisando la homologación de los dispositivos de seguridad con entidades como ICONTEC, Organismo Nacional de Acreditación de Colombia y Superintendencia de Industria y Comercio.

Actualización:
El decreto que reglamenta la Ley 1209 es el Decreto 2171 del 10 de junio de 2009 expedido por el Ministerio de la Protección Social.

2 comentarios:

Gonzalo Duque dijo...

Cuando le podremos creer al Ministerio de Protección? Esta-
mos esperando la reglamentación
que fué ofrecida para el 14 de
Julio/09 y hoy estamos a 16 y no
hay claridad al respecto. Cuantos
niños mas deberán ahogarse para sen
sibilizar a la gente ?????

Anónimo dijo...

En la cidad de Cali hay muchas piscinas que no cumplen con el encerramiento que la ley exige y salud publica municipal se ha hecho el de las orejas mochas. Que se puede hacer si esta institucion llega a un parque y ve estas anomalias y las pasa por alto. Ejemplo acuaparque de la caña.

 
ir arriba